Instituto Mexiquense de la Pirotecnia

Secretaría General de Gobierno

Permisos para Venta de Pirotécnica

Requisitos y Disposiciones para la Compra y Venta de Artificios Pirotécnicos en Miniatura (Artificios pirotécnicos de consumo en general)

Requisitos para tramitar la opinión favorable de carro vitrina:

  • Copia acta de nacimiento.
  • Copia de credencial de elector.
  • Copia de la CURP.
  • Dos cartas de recomendación recientes, firmadas por pirotécnicos con permiso vigente.
  • Copia del certificado de aprobación del H. Ayuntamiento (Certificado de Conformidad firmado y sellado por el Presidente Municipal).
  • Acta de inspección del IMEPI.
  • Copia del dictamen de seguridad de la Coordinación General de Protección Civil.
  • Croquis de ubicación del punto de venta.
  • Copia de los documentos que acrediten haber recibido dos cursos de capacitación de medidas de seguridad.
  • Solicitud por escrito dirigida al C. Gobernador Constitucional del Estado de México, con copia para el Director General del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
  • Dos fotografías del local de venta [vitrina con las medidas de prevención (letreros, extintores, pala, pico, hacha, etc.).

    A través de bandos municipales se regulan la venta y uso de pirotecnia en los ayuntamientos.
    Solo la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) puede otorgar permisos para elaborar, almacenar, transportar, vender y quemar artificios pirotécnicos, mediante la expedición del permiso general y/o el extraordinario.
    Para su gestión, se requiere presentar documentos emitidos por instancias municipales y estatales reguladas por el Gobierno del Estado de México, a través de la Coordinación General de Protección Civil, en conjunto con el Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.

  • El Permiso Extraordinario permite la compra y venta de artificios pirotécnicos en miniatura, de fabricación nacional.

  • El permiso es intransferible y tiene vigencia de un año.