Requisitos y Disposiciones para la Compra y Venta de Artificios Pirotécnicos en Miniatura (Artificios pirotécnicos de consumo en general)
Requisitos para tramitar la opinión favorable de carro vitrina:
- Copia acta de nacimiento.
- Copia de credencial de elector.
- Copia de la CURP.
- Dos cartas de recomendación recientes, firmadas por pirotécnicos con permiso vigente.
- Copia del certificado de aprobación del H. Ayuntamiento (Certificado de Conformidad firmado y sellado por el Presidente Municipal).
- Acta de inspección del IMEPI.
- Copia del dictamen de seguridad de la Coordinación General de Protección Civil.
- Croquis de ubicación del punto de venta.
- Copia de los documentos que acrediten haber recibido dos cursos de capacitación de medidas de seguridad.
- Solicitud por escrito dirigida al C. Gobernador Constitucional del Estado de México, con copia para el Director General del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
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Dos fotografías del local de venta [vitrina con las medidas de prevención (letreros, extintores, pala, pico, hacha, etc.).
A través de bandos municipales se regulan la venta y uso de pirotecnia en los ayuntamientos.
Solo la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) puede otorgar permisos para elaborar, almacenar, transportar, vender y quemar artificios pirotécnicos, mediante la expedición del permiso general y/o el extraordinario.
Para su gestión, se requiere presentar documentos emitidos por instancias municipales y estatales reguladas por el Gobierno del Estado de México, a través de la Coordinación General de Protección Civil, en conjunto con el Instituto Mexiquense de la Pirotecnia. -
El Permiso Extraordinario permite la compra y venta de artificios pirotécnicos en miniatura, de fabricación nacional.
- El permiso es intransferible y tiene vigencia de un año.